martes, 27 de octubre de 2026

REGISTRO POR PARTE DE LA APDH, DEL RECLAMO DE VECINOS DE BARRIO MALVICINO, EN ZÁRATE.

 


Durante los últimos días del Mes de Octubre de 2026, desde la Regional de la APDH de Zárate, se tomó conocimiento y registro d ela situación que vienen atravesando cuatro familias de esta Ciudad, quienes hace varios años residen en Barrio Malvicino, en el área Sur de este distrito de la Provincia de Buenos Aires. 

A la fecha, estas cuatro familias del barrio Malvicino de Zárate (ubicadas en la esquina de Laprida y calle 10) denunciaron que recibieron cartas de intimación de desalojo por parte de la empresa transportadora de energía Transba. 

 

Puntos clave del reclamo:

 

·         Antigüedad: Los vecinos aseguran que viven en esos terrenos, situados bajo las torres de alta tensión, desde hace aproximadamente 30 años. 

 

·         El conflicto: La empresa intimó a abandonar los predios, lo que generó un fuerte reclamo de los habitantes para exigir una reubicación habitacional por parte del municipio de Zárate. 

 

·         Contexto: Los afectados señalan que cuentan con reconocimiento del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares) y servicios básicos en la zona, y piden una solución integral en lugar de un desalojo directo. El certificado impreso lleva la fecha del 5/5/2026.

 

·         Expediente Municipal: A la fecha, llevan adelante un Expediente para su reclamo ante el Municipio: 4121-3161/2026 (ID de Ingreso 56220). Empezado el 5 de Mayo de 2026.

 

·         Referencias y testimonios: Según testimonio de la vecina María Figueroa, la empresa desde hace un par de años se presentó en el barrio tomando fotos y filmando los frentes de las casas de los vecinos. Informándoles de los peligros y consecuencias de vivir allí, bajo las torres. Esto sin notificación alguna ni nada formal, simplemente apersonarse e informar, dejándoles un folleto sobre las consecuencias de vivir allí. Poco tiempo después volvieron con una escribana, queriendo censarlos mediante preguntas y queriendo hacerles firmar un acta o documento que poseía los datos con sus respuestas allí brindadas, cosa ante la cual se negaron firmemente. Ante esto, la empresa les manifestó que acudirían ante la Municipalidad y al poco tiempo aparecieron unas notas pegadas en los frentes que decían que las casas debían ser demolidas o removidas. Luego de esto los vecinos fueron al área de Hábitat Municipal donde les dijeron de hacer un pedido al intendente. Esto fue hace como seis meses y no se ha tenido respuesta a la fecha.

 

·         Ante este estado de situación de desamparo, los vecinos acuden a los medios de comunicación para denunciar públicamente  este estado de cosas y exigir una solución y alternativa.

 

·         Manifiestan que no se irán del lugar y en todo caso, una alternativa equivalente en su relocalización: un terreno y una casa, en el ámbito del barrio que habitan y residen desde hace años.

 

                       Imagen del Portal Periodístico de Araceli Berezaga de este caso.

 

VIDEO DE LA ENTREVISTA (Agencia Nova Bonaerense, de Araceli Berezaga):

 

https://www.agencianova.com/provincia-de-buenos-aires/2026/10/23/174300/video-vecinos-de-zarate-denuncian-intimaciones-de-desalojo-por-parte-de-transba-y-exigen-respuestas-al-municipio/


APENDICE DE NOTAS.

NOTAS ENVIADAS POR LA EMPRESA TRANSBA A LOS VECINOS INSTÁNDOLOS A RETIRARSE DE SU LUGAR DE HÁBITAT Y RESIDENCIA.







 

 

 

 

 

 

 

 

lunes, 26 de octubre de 2026

CONSIDERACIONES PÚBLICAS DE LA APDH PARA TODO EL CONCEJO DELIBERANTE EN EL EXPEDIENTE 412-437/26, ANTE VECINOS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA HABITACIONAL.





En el día se la fecha (26/10/26), se cursó desde APDH algunas consideraciones públicas y aportes acerca del Expediente N° 412-437/26 producido por el Bloque de Fuerza Patria a cargo de la Concejal Berni, el Concejal Castiglioni y otros referentes públicos de este espacio del peronismo en nuestra Comunidad.

Trasladamos públicamente por esta vía, a partir de observaciones acercadas por los vecinos y otras organizaciones de Zárate/Campana que vienen trabajando en esta problemática desde hace tiempo algunas observaciones acerca del expediente en cuestión y de las principales principales propuestas formuladas por los legisladores de este bloque a los vecinos de Barrio Nuevo/La Laguna días atrás luego de que los convocaran a reunión formal y pública el día 19/10.:

Respecto de la situación de Barrio Nuevo y Barrio La Laguna, al igual que otros barrios que integran la Cuenca del Arroyo y las Lagunas Marchetti-Chacofi, resulta necesario partir de conclusiones afirmativas, no devenir en una negación de lo sucedido en estos últimos años en materia habitacional y social ya que hace por lo menos 2 años que en nuestro distrito y en la región, la población reclama por su derecho a la vivienda, derecho que se encuentra constitucionalmente integrado en la Carta Magna de la Provincia de Buenos AIres, en el Artículo 36, inciso 7.

Planteamos públicamente aqui como contribución al presente expediente que se enuncie claramente el significado y el sentido de la relocalización tal como se la plantea, ya que bajo ese mismo argumento y figura en Zárate-Campana, agencias estatales y privadas instrumentan ese sentido para perpetrar violencia, desalojos y desposesión, tal como venimos denunciando públicamente ante la Justicia y otros Organismos, desde APDH conjuntamente con los vecinos y barrios y con otras organizaciones que hace tiempo lo vienen haciendo.

Hemos visto concretamente como en situaciones similares a esta que evidencian el proceder del Poder Ejecutivo Local, tal el caso de Barrio El Golfito, a fines del año pasado en nuestra Comunidad, con sus conflictos, exigencias y desenlaces se produjeron mayores propuestas superadoras para los vecinos, tanto a traves del Concejo Deliberante, la Subsecretaría de Habitat de la Provincia de Buenos Aires y la intervención de organizaciones políticas y sociales que plantearon otras alternativas sostenibles en materia institucional y habitacional para con los vecinos:

-Declarar de interés público el acceso a la tierra.

-Instituto de Expropiación, en función de la Ley Orgánica Municipal y Legislación de la Provincia de Buenos Aires.

-Cumplir en totalidad la Ley de Justo Hábitat (14.449), además del enunciado que uds. plantean en el fundamento, para garantizar a los vecinos una alternativa real que permita regularizar su situación dominial.



EL FENÓMENO DE “EL NIÑO” Y LA SITUACIÓN HABITACIONAL EN LOS BARRIOS DE ZÁRATE.

Es de público conocimiento que la situación de la vivienda y la regularización habitacional no surge con la cuestión del Niño, sino de mucho antes en nuestra Ciudad. Ante ello vemos que según lo fundamentado en el proyecto, los legisladores toman conocimiento por el fenómeno del “Niño”, ya q hay barrios localizados en zonas inundables. Esto tiene 2 aristas:
a. Ponemos en palabra que los concejales que proponen este proyecto residen en nuestra ciudad y pueden ser conscientes que mucho antes del fenómeno de “El Niño”, desde hace varios años hay gente viviendo en zonas inundables, tales los casos de San Javier, Villa Eugenia, Villa Angus y otros.
b. Proponemos agregar a estas iniciativas la declaración de EMERGENCIA habitacional, ya que siendo conscientes públicamente (tanto uds. como legisladores como nosotros como organismos) de la inminencia de una posible inundación no hemos visto en parte alguna de este proyecto este término o esta figura, ya que si lo que se va a proponer es un plan de relevamientos, y demás trámites (difícil de entender para la población en este estado social en nuestra Comunidad), result necesario delimitar claramente Objetivos y Metodología de que hacer y como hacerlo (Instituciones, la comunidad y organizaciones), en caso de que venga la inundación. Esperamos puedan tomar este señalamiento como una contribución y como una alternativa.


EL DECRETO LEY 8.912/77, INSTRUMENTO DE LA ÚLTIMA DICTADURA EN LA PROV. DE BS. AS.

La Ley 8.912/77 como instrumento ordenador de la última dictadura, en la Provincia de Buenos Aires: una cuestión aún no discutida ni impugnada por parte de dirigentes y ámbitos de representación desde la recuperación de la democracia a la fecha.

Entendemos en principio que la Ley 8.912/77 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de haber sido sancionada durante la última dictadura cívico-militar, no sería un instrumento propio del peronismo, sino una herramienta mantenida desde esta época en nuestro país que en sus premisas y nodos resguarda la concentración de la propiedad privada y el ordenamiento territorial del gran capital, por sobre los derechos de las comunidades y sectores de la sociedad civil. Colocarla como fundamento en esta iniciativa, vemos que no resulta necesario. Desde APDH ZÁRATE, sostenemos públicamente su impugnación por las siguientes razones:

-Su origen autoritario y falta de participación: Al haber sido dictada por un gobierno de facto, su concepción inicial careció de mecanismos de participación comunitaria, debate democrático y perspectiva de derechos ciudadanos en la gestión de las ciudades.

-Homogeneidad rígida (Ignora las diferencias territoriales): Aplica los mismos criterios y normativas de clasificación de suelo por igual tanto al Conurbano Bonaerense (densamente poblado y con alta presión inmobiliaria) como al interior de la provincia (con realidades rurales, económicas y demográficas muy diferentes).

-Dificultad para el acceso a la vivienda popular: Sus estándares y restricciones (como límites estrictos de densidad, índices de ocupación y grandes exigencias de cesión de tierras) no contemplan ni facilitan soluciones de hábitat y suelo urbano accesible para los sectores de menores recursos, empujando a la informalidad y a las tomas de tierras.

-Centralización y burocracia en la convalidación: Requiere que gran parte de las decisiones y modificaciones de los planes de los municipios sean convalidadas o aprobadas por el Poder Ejecutivo provincial, lo que genera demoras, rigidez, falta de agilidad local y permanente inseguridad jurídica.

-Falta de herramientas contra la especulación inmobiliaria: La ley carece de instrumentos de gestión de suelo eficaces para captar las mayores rentas urbanas o frenar la especulación con la tierra, permitiendo una expansión urbana extensiva que muchas veces devastó áreas naturales y humedales.

-Capacidades técnicas deficientes en los municipios: No sopesó el bajo nivel de recursos técnicos y profesionales de muchas comunas bonaerenses para desarrollar un planeamiento real, por lo que las áreas de planeamiento municipal terminaron funcionando de forma administrativa y con planos desactualizados.
Como corolario final, nos permitimos enunciar por aca también que existen otros aspectos
de la ley 14.449 (la ley de Justo Hábitat de la Provincia), para ser propuestos en el
expediente, cuestión que continuaremos aportando en diferentes intervenciones de nuestra
parte a partir de las necesidades y derechos de los vecinos.

DESDE APDH ZÁRATE RATIFICAMOS ANTE ESTE EXPEDIENTE NUESTRO
PROGRAMA:

-PLENO CUMPLIMIENTO DE LA LEY 14.449 EN EL PARTIDO DE ZÁRATE

-DECLARAR LA EMERGENCIA EN MATERIA HABITACIONAL EN ZÁRATE.

-ESTABLECER EL INTERÉS PÚBLICO EN EL ACCESO A LA TIERRA.

-INSTITUTO CONSTITUCIONAL DE EXPROPIACIÓN.

-ACCESO AL TRABAJO, AL SALARIO Y LA VIVIENDA EN FUNCIÓN DE UNA VIDA
SOCIALMENTE DIGNA PARA NUESTRA POBLACIÓN SEGÚN LO ESTABLECIDO
EN EL ARTÍCULO 14 BIS DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL:

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.


SOLICITAMOS EN LA PRESENTE, QUE ESTE ENUNCIADO SEA AGREGADO AL EXPEDIENTE 412-437/26 Y EL EXPEDIENTE 350/26 DE ESTE CONCEJO DELIBERANTE.

SALUDAMOS MUY ATTE. QUEDANDO A DISPOSICIÓN
ESTAMOS EN CONTACTO

ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS
DELEGACIÓN REGIONAL




martes, 22 de septiembre de 2026

EL GOLPE CÍVICO-MILITAR DE 1955. SU REGISTRO Y NUESTRA POSICIÓN.



 




Desde APDH ZÁRATE, en el marco del mes de Septiembre y habiéndose cumplido otro aniversario del tercer golpe civil y militar, que se autodenominó “Revolución Libertadora”, nos permitimos repasar y tener presentes algunas consideraciones públicas que mantienen magnitud y vigencia sobre este suceso nacional.

En el marco de lo establecido en nuestro Estatuto al promover la plena vigencia de los derechos humanos enunciados en Bloque Constitucional Federal de la República Argentina y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Y sosteniendo los derechos: a) a la autodeterminación y soberanía de los pueblos y a la paz internacional con justicia social.

Entendemos que este golpe gestado por los grupos económicos dominantes en nuestro país en perjuicio de las mayorías, continúa siendo una  enseñanza y experiencia social de todo el Pueblo Argentino, y el Pueblo Trabajador de Zárate-Campana. En defensa de sus necesidades, derechos y demandas.

Pronunciamiento de APDH Zárate del 16/9/2026:

https://www.facebook.com/photo.php?fbid=1100354872510504&set=pb.100076080039864.-2207520000&type=3


Como mencionamos el pasado 16, entre 1955 y 1958, la Argentina estuvo gobernada de facto por la dictadura autodenominada “Revolución Libertadora”, surgida del golpe de Estado que derrocó al gobierno constitucional del General Juan Domingo Perón en septiembre de 1955, gobierno y período político que fue liderado por su compañera María Eva Duarte, fallecida en 1952.

Desplazado el presidente Perón, democráticamente electo en 1946 y 1951, primero gobernó Eduardo Lonardi (septiembre-noviembre de 1955) y luego Pedro Eugenio Aramburu, acompañado por el almirante Isaac Rojas (noviembre de 1955-mayo de 1958), caracterizados éstos últimos por su tendencia represiva y marcial sobre la población.

Esta misma situación, se dio en nuestra región, con los intendentes Francisco Seoane en Zárate, y Alberto Armesto en Campana, quienes fueron desplazados de sus cargos legítimos por la fuerza de las armas, por fuera de la razón y del derecho.

Un quiebre trágico, violento y sistemático fue implementado a partir de esta tercer dictadura, en nuestro País y nuestras Comunidades a través de las siguientes decisiones:  

EN POLÍTICA.La disolución del Partido Peronista, proscripción, persecución sistemática a dirigentes políticos y sindicales del peronismo y el movimiento obrero.

LA BRUTAL REPRESIÓN. Detenciones, intervención de organizaciones, Ley Marcial y fusilamientos como los de José León Suárez, en 1956.

LA PERSECUCIÓN SINDICAL. La Intervención de la CGT y sindicatos, desplazamiento de dirigentes y delegados.

 

LA DESTITUCIÓN CONSTITUCIONAL. La derogación de la Constitución de 1949, con sus derechos sociales y la reforma constitucional de facto de 1957.

 

EL PLAN ECONÓMICO DE 1955. El denominado Plan Prebisch, estableciendo la devaluación, apertura comercial y financiera, retirando la intervención estatal

 

EL PLAN FINANCIERO. Con la incorporación al FMI y al Banco Mundial con sus políticas de dependencia y endeudamiento.

 

LA PRECARIZACIÓN DEL TRABAJO. Mediante el congelamiento salarial junto con la devaluación y la destrucción del poder y la representación sindical.

 

LA DESTRUCCIÓN IDEOLÓGICA. A través de la política de “desperonización”, la prohibición de símbolos y los elementos de representación del peronismo y del movimiento obrero.

 

EL CONTROL DE FACTO DESDE EL GOBIERNO. Una junta militar que intervino gobiernos provinciales, cambió la Corte Suprema a dedo y clausuró el Congreso Nacional, junto con las legislaturas y organismos de municipios y Provincias de todo el País.

 

LA LEGITIMACIÓN DE LA PROSCRIPCIÓN. Con el llamado a elecciones en 1958 estando el Peronismo prohibido como fuerza política.

 

LOS MÁRTIRES DEL PUEBLO Y LA RESISTENCIA. Cientos de dirigentes presos, asesinados, deportados, torturados y fusilados conforman una lista de referentes civiles que dejaron su vida en defensa de los derechos del Pueblo, en Argentina y en nuestras localidades.

 


 



1. La Proscripción y persecución del peronismo

Fue una de las políticas centrales del régimen.

  • En noviembre de 1955 se disolvieron los partidos peronistas masculino y femenino mediante el Decreto-Ley 3.855.
  • En marzo de 1956, el Decreto-Ley 4.161 prohibió la utilización de símbolos, nombres, expresiones, imágenes y elementos de propaganda vinculados con el peronismo.
  • Se persiguió políticamente a dirigentes y militantes peronistas.
  • Se intervinieron organizaciones vinculadas al movimiento.
  • Se intentó eliminar de la esfera pública las referencias a Perón y al peronismo, política que posteriormente fue conocida como “desperonización”.

Luego de la prohibición del peronismo, como organización mayoritaria de la población obrera, se reinició al igual que en otras etapas de la historia argentina, un ciclo de participación política por parte de la sociedad por fuera de los canales parlamentarios y en forma directa.

La prohibición del peronismo (posteriormente del comunismo también), como forma de expresión política, causó malestar popular consecuente. Entendemos que prohibir el uso de las ideas y símbolos de representación formó parte de una forma autoritaria que busco establecer un pensamiento único en la sociedad: el de las minorías del poder que gobernaba por la Fuerza.

 

El decreto-ley 4.161/56 (5/3/56 emitida) (publicada en B. O. el 9/3/1956) en su art 1° prescribía que:

“Queda prohibida en todo el territorio de la Nación:

a) La utilización con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o de propaganda peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados, grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas; de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas, artículos y obras artísticas que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales, pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del peronismo.  Se considerará especialmente violatoria de esta disposición la utilización de la fotografía, retrato o escultura de los funcionarios peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto, el de sus parientes, las expresiones ‘peronismo’, ‘peronista’, ‘justicialismo’, ‘justicialista’, ‘tercera posición’, la abreviatura ‘P.P.’, las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las composiciones musicales denominadas ‘Marcha de los muchachos peronistas’ y ‘Evita Capitana’ o fragmentos de las mismas, la obra ‘La Razón de Mi Vida’ o fragmentos de la misma, y los discursos del presidente depuesto y de su esposa o fragmentos del mismo

 


2. La Intervención Militar del principal gremio nacional: la CGT junto con el resto de las organizaciones sindicales

El régimen intervino la Confederación General del Trabajo (CGT) y numerosas organizaciones sindicales.

Con el objeto de doblegar y reducir el poder político y sindical que mantenían los trabajadores durante el período peronista. Mediante un plan político de represión del movimiento obrero, intervención de la CGT y debilitamiento del poder sindical.

Ello se realizó a través de las siguientes medidas:

  • intervención de sindicatos;
  • desplazamiento de dirigentes;
  • persecución de delegados;
  • detenciones de militantes;
  • conflictos laborales y huelgas;
  • intentos de reorganizar las estructuras sindicales.

En Zárate, los dirigentes Francisco Bugatto en el sindicato de trabajadores papeleros y Pedro Valmala en el Sindicato Químico, consecuentemente fueron la excepción a consentir la intervención militar de las fuerzas de la Marina. Pagando ello, el primero con su vida y el segundo con la cárcel y la ocupación militar del gremio, entonces en la sede de Calles Pinto y San Martín frente a la Plaza Italia en Zárate. Dirigentes Sindicales del Frigorífico como Agustín Montezanti, Augusto Tálice y McCarthy fueron detenidos, torturados y perseguidos en todos estos años en Zárate. Mismo destino sufrirían en Campana las familias de los dirigentes Ghione, Armesto y otros sectores del Movimiento Obrero local.


Carta Postal, firmada por el General Perón, dirigida a Don Francisco Bugatto (dirigente sindical papelero perseguido por el régimen y ex intendente de Zárate en 1973, también detenido en la última dictadura), desde el exilio de Madrid



3. La represión sistemática de la resistencia peronista

La proscripción fue acompañada por una política represiva.

El episodio más grave ocurrió en junio de 1956, cuando sectores civiles y militares intentaron levantarse contra el gobierno de Aramburu.

El levantamiento fue derrotado y el gobierno aplicó la Ley Marcial.

Se produjeron fusilamientos de militares y civiles, incluidos los conocidos como fusilamientos de José León Suárez.

Este episodio se convirtió posteriormente en uno de los principales símbolos de la represión de la dictadura de 1955-1958.

Imagen de Don Francisco Bugatto (2do desde la izquierda), al frente del Sindicato de Papeleros de Zárate, a principios de la década de 1950.


La Anulación de la Constitución de 1949

El régimen militar dejó sin efecto la Constitución Nacional de 1949, sancionada durante el primer gobierno de Perón.

En 1956 se convocó a una Convención Constituyente para reformar la Constitución de 1853/60.

La reforma incorporó, entre otras disposiciones, el artículo 14 bis, que reconoció derechos laborales y sociales, como:

  • condiciones dignas de trabajo;
  • jornada limitada;
  • descanso y vacaciones;
  • salario mínimo vital y móvil;
  • protección contra el despido arbitrario;
  • organización sindical;
  • derecho de huelga;
  • seguridad social.

Es decir, la dictadura eliminó la Constitución de 1949 pero la reforma de 1957 incorporó constitucionalmente varios derechos sociales mediante el artículo 14 bis.


 

Las medidas en la política económica

La dictadura modificó significativamente el modelo económico.

El economista Raúl Prebisch elaboró el denominado Plan Prebisch, presentado en octubre de 1955.

Entre sus orientaciones estuvieron:

  • reducción del intervencionismo estatal;
  • modificación del régimen cambiario;
  • devaluación;
  • apertura comercial;
  • estímulo a las exportaciones agropecuarias;
  • reducción de determinados controles económicos;
  • revisión de la política de subsidios;
  • mayor vinculación con organismos financieros internacionales.

Fue contundente el cambio respecto del modelo de industrialización y sustitución de importaciones desarrollado durante el peronismo.

El gobierno también avanzó hacia la incorporación de Argentina a organismos financieros internacionales. El período significó la incorporación al FMI y al Banco Mundial, un cambio importante respecto de la política económica anterior.



Los Cambios en la política industrial y laboral

La nueva orientación económica tuvo efectos sobre la relación entre empresarios y trabajadores.

Entre las medidas y tendencias del período estuvieron:

  • el congelamiento salarial;
  • modificación de mecanismos de regulación económica;
  • debilitamiento de la capacidad negociadora sindical;
  • reducción de determinadas políticas de protección;
  • estímulo a sectores agroexportadores;
  • búsqueda de mayor participación del capital privado.

En el plano laboral, la principal medida de magnitud por parte del régimen militar fue el Decreto 2.379 que autorizaba a los sectores patronales para “eliminar los obstáculos a la productividad”, lo que implicaba suprimir el margen de espacio que disponían las Comisiones Internas en el control del espacio de la fábrica. Esta iniciativa permitía introducir conceptos de “racionalidad y eficiencia”, que venían siendo reclamados por parte del empresariado bajo el paradigma emergente del conglomerado de empresas norteamericanas con mayor injerencia en el continente, luego de diez años de políticas nacionalistas a favor del movimiento obrero.

 


La Intervención de facto de provincias, municipios y administración pública.

Al tratarse de un gobierno de facto, el Poder Ejecutivo gobernó mediante decretos-leyes.

Se designaron interventores en las provincias y se reorganizaron numerosos organismos estatales. En Zárate, el poder ejecutivo lo asumieron las fuerzas de la Marina, que ocuparon militarmente la Ciudad, habiendo tomado por la fuerza el Arsenal Naval local a las tropas leales al gobierno de Perón.

El Decreto-Ley 2.908 de noviembre de 1955 creó el Consejo Militar Revolucionario, integrado por las autoridades de las tres Fuerzas Armadas, que debía intervenir en decisiones de importancia del gobierno.

También se produjeron:

  • cesantías;
  • desplazamientos de funcionarios;
  • investigaciones administrativas;
  • intervenciones de organismos públicos;
  • revisión de nombramientos realizados durante el gobierno peronista.

La Política cultural e ideológica de la dictadura: la "desperonización"

No se trató solamente de prohibir un partido.

El régimen intentó modificar la presencia del peronismo en el espacio público.

El Decreto-Ley 4.161 es particularmente significativo porque no solamente prohibía una organización partidaria: también alcanzaba símbolos, expresiones, nombres y elementos de afirmación ideológica peronista.

Esto dio lugar a fenómenos como:

  • prohibición de imágenes de Perón y Eva Perón;
  • eliminación de nombres peronistas de calles e instituciones;
  • prohibición de determinadas consignas;
  • persecución de símbolos;
  • censura de expresiones políticas;
  • reemplazo de autoridades identificadas con el peronismo.

La Revolución Libertadora en Zárate quiso cambiar y quitar los símbolos de los espacios de representación y referencia para los sectores trabajadores en Zárate.

La Plaza "4  de junio" en Villa Fox, la llamaron  “Plaza Libertad” por decreto.  Clavando un riel de ferrocarril con el cartel. Siendo quitada al otro día por trabajadores del Barrio, escribiendo en las paredes el nombre original.


Imagen de la Plaza 4 de Junio en Villa Fox, Zárate.

Según fuentes documentales, también se cambiaron los nombres de las calles como la Avenida “General Lavalle” a la Avenida “Eva Perón” y Calle “Mazzini” a la hasta entonces denominada “Avenida General Perón” (El Debate, 27/9/1955, p. 2).

La identidad y el origen social de nuestros Barrios como Villa Fox, Villa Florida, Villa Massoni y Villa Angus, con sus comunidades de origen  croata, austro húngara, polaca, alemana y por supuesto, italiana. Estos barrios que conforman la fisonomía de nuestra Ciudad expresan el origen trabajador de la población en su mayoría.

Tenemos presente que en Zárate, el jefe de facto del Arsenal que asumió el control militar de la ciudad, El teniente de navío, jefe del Arsenal de Zárate literalmente ocupó con la infantería de marina toda la ciudad, especialmente Villa Fox. Donde decidió desfilar militarmente, siendo destinatario del rechazo de la población civil: las mujeres obreras presentes en calle Justa Lima, decidieron colectivamente dar la espalda a las tropas, junto con sus hijos.

El busto de Eva Perón, que se encontraba colocado en la explanada de la Municipalidad de Zárate fue quitado violentamente por fuerzas militares y civiles, al igual que sucedió en Campana, desonociéndose durante mucho tiempo su destino y ubicación.

 

Fotos: Homenaje a Eva Perón, en Zárate, a tres años de su muerte en 1955.


ENTENDEMOS DESDE APDH QUE EL EJERCICIO DE LA MEMORIA Y LA HISTORIA POLÍTICA DEL PUEBLO RESULTA SER UN PILAR FUNDAMENTAL DE LA PERSISTENCIA EN UN PROGRAMA, UN SENTIDO Y UNA LUCHA EN LA BÚSQUEDA DE OBJETIVOS CENTRALES PARA EL PUEBLO TRABAJADOR.


FRENTE A ESTA SITUACIÓN QUE RESULTA NECESARIO ENFRENTAR A LA VEZ QUE DEFENDER A TODOS AQUELLOS QUE PADECEN SU ACCIONAR.


DESDE APDH, EN ZÁRATE Y LA REGIÓN SOSTENEMOS UN PROGRAMA SOCIAL, CIVIL Y POLÍTICO EN LÍNEA CON ESTOS PROPÓSITOS: LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS

 

MEMORIA, VERDAD, JUSTICIA


POR UNA DEMOCRACIA POLÍTICA, ECONÓMICA Y SOCIAL, PARA TODO EL PUEBLO ARGENTINO.


#ENZARATECAMPANA

#PROVINCIADEBUENOSAIRES

#ARGENTINA


Fuentes:

-Archivo del Ministerio de Defensa de la Nación. Historia de las Operaciones Militares de la Marina de Guerra durante el Movimiento Revolucionario del 16 al 23 de Septiembre de 1955. Recuperado de: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/4-historia_marina_de_guerra-golpe_1955.pdf

             -Archivo Diario “El Debate”. Zárate (Sede Archivo Histórico Municipal de                 Zárate).

-Archivo Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Sitio Web. Recuperado de:

https://censoeconomico.indec.gob.ar/index.php/historia-de-los-censos-economicos/resultados-de-censos-anteriores/

 

-Archivo Fotográfico Personal Francisco Bugatto. (Año 2012).

 

Entrevistas Orales:

-Francisco Bugatto. Entrevista.

-Arnold Kremer. Entrevista.