Desde nuestra Delegación de APDH local, compartimos Declaración conjunta llevada adelante entre organizaciones y espacios de nuestra región en solidaridad con los trabajadores metalúrgicos y con nuestras comunidades en Zárate y Campana.
Desde nuestra Delegación de APDH local, compartimos Declaración conjunta llevada adelante entre organizaciones y espacios de nuestra región en solidaridad con los trabajadores metalúrgicos y con nuestras comunidades en Zárate y Campana.
EL ARTÍCULO 13 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ESTABLECE:
LA LIBERTAD DE EXPRESAR PENSAMIENTOS Y OPINIONES POR CUALQUIER MEDIO, ES UN DERECHO ASEGURADO A LOS HABITANTES DE LA PROVINCIA.
Durante los últimos días y a partir de lo sucedido el 20 de Julio pasado, la Regional APDH Zárate elevó una presentación ante el área de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
Ello a fin de poner en conocimiento de las diferentes situaciones que se vienen produciendo en nuestra comunidad a partir del proceder de las fuerzas de seguridad locales, conjuntamente con la policía bonaerense sobre un grupo de vecinos que se vienen manifestando pacíficamente en la Calle Comercio, como ámbito del espacio público.
Para poder expresar su mirada y su pensamiento por la situación actual del Conflicto en Medio Oriente y la Situación de la Población Palestina.
Puntualmente y a partir de la situación que atraviesa esta parte del Mundo, diversos vecinos, artistas y referentes culturales de nuestra comunidad, desde la sociedad civil se convocaron para expresar su rechazo al genocidio perpetrado en Palestina y por la Paz Mundial. Para ello, efectuaron con la debida antelación ante el Municipio mediante nota formal el aviso de que llevarían adelante un mural en las paredes de la Calle Comercio (zona del barrio “El Bajo”) de nuestra Ciudad.
Dicha actuación tuvo aviso formal, a partir de que el Municipio diera curso al Expediente N° 4121/3703, cuya nota fue presentada por el vecino y artista local Oscar Barone (DNI 20.979.013), referente cultural de nuestra comunidad y uno de los vecinos que organizan dicha iniciativa.
Dichas paredes que se encuentran en los perímetros de esta arteria, en el área de su bajada en la barranca, desde hace varios años son utilizadas públicamente por diversos sectores, instituciones y actores sociales de la comunidad para la realización de Murales, Intervenciones Artísticas. Dichas producciones artísticas en estos espacios, nunca tuvieron señalamiento o reclamo alguno (ni por parte de los vecinos, ni por parte del estado o la justicia local y regional).
Es así que días después, luego de que se realizara la producción del primer mural sobre el tramo y la arteria mencionada, el día Domingo 20 de Junio del corriente (a esa fecha, sin respuesta escrita del municipio en el mencionado expediente), y en diversas paredes con el consentimiento de los particulares. Todo ello con amplia participación de artistas, referentes y familias de la localidad.
Esa misma fecha, se presentó en el lugar y en el momento personal de la policía municipal de Zárate (denominada COZ), solicitando datos personales a Oscar Barone y otros vecinos y artistas allí presente, sin alegar orden o resolución emanada de autoridad alguna. Algo que lógicamente además de incómodo, resultó particular, llamando la atención y causando el disenso de los allí presentes. Luego se retiraron.
Días después, diferentes vecinos se fueron anoticiando que el Municipio dio la orden de tapar el mural realizado sin ninguna clase de explicación en este sentido
Este hecho, lógicamente produjo el rechazo en no pocos sectores de la comunidad (no sólo los que intervinieron en la iniciativa, sino otros sectores y espacios que se fueron solidarizando).
Compartimos links de referencia:
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Incluso días después, el mismo 14 de Julio, se decidió tapar todos los murales que habían en la calle, no sólo el realizado por los Artistas Autoconvocados:
Ver Nota:
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Es así que inicialmente habiendo tapado el Mural por Palestina, al quedar en evidencia que se parcializaba en la aplicación del criterio (ya que otros murales y graffitis en las paredes hasta el 20 de Junio nunca habían sido tapados o recibido denuncia alguna), el Municipio decide arbitrariamente tapar todas las producciones artísticas que había a lo largo de las paredes de dicha calle.
Habiéndose producido estas situaciones aquí enunciadadas a ese momento, el Municipio nunca respondió la nota por Expediente iniciada por el Sr. Barone, sino que las definiciones públicas fueron las que aquí se describen, por parte de la Comuna local.
Sobre el 20 de Julio, luego de diferentes manifestaciones de repudio ante los medios y solicitudes de explicaciones ante el Municipio (sin respuesta formal), los artistas conjuntamente con vecinos y otros espacios convocaron para una jornada de reparación por lo sucedido y manifestarse nuevamente por la problemática en Medio Oriente y por el fin del conflicto bélico en el concierto internacional.
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Fue así que en la tarde del domingo, vecinos, artistas y diferentes espacios convergieron desde las 16hs. para realizar su expresión de repudio por lo sucedido por parte del Municipio, mediante una intervención artística y cultural que dejara en claro lo sucedido y exigiendo la reparación a las autoridades por el accionar perpetrado.
Ver Nota de referencia sobre la actividad en este Link:
https://www.facebook.com/reel/
Fue así también que en esta misma jornada, al inicio del Domingo 20 de Julio a las 16:00hs. de la tarde se apersonó nuevamente personal de la policía urbana local (COZ), para requerir nuevamente los datos personales de los vecinos y artistas intervinientes. Sin haber inconveniente alguno, los vecinos accedieron ante esta solicitud –reiterando nuevamente que hay un expediente público ante el Municipio sin respuesta-, no habiendo respuesta por parte de los agentes municipales locales en este sentido. Como tampoco hubo notificación alguna ante los vecinos por parte de los agentes de algún procedimento, orden o inspección alguna sobre edictos y faltas incurridas. Finalmente los agentes se retiraron, sin mayores explicaciones.
Algunos minutos después, se presentó una unidad móvil de la Policía Bonarense local, alegando que habían sido llamados del 911 por una iniciativa de manifestación pública o intentos de realizar alguna medida de fuerza en el espacio público; cosa que les negó rotundamente a los oficiales, dando fe de lo sucedido y la buena predisposición de los vecinos para con los agentes urbanos que habían estado presentes con anterioridad.
Para este momento ya nos habíamos hecho presentes como miembros de la APDH local, explicando a los oficiales policiales de la Comisaría local, que el COZ había estado con anterioridad y no había notificado (ni verbalmente , ni por escrito) al Sr. Barone y los organizadores acerca de la falta o incurrimiento alguno y que la actividad contaba con el consentimiento de las paredes de los domicilios particulares. Que no estaba en los planes ni en las consignas de los convocantes realizar protesta, medida de fuerza o cualquier movilización en el espacio público, sino una intervención artística y cultural en forma sencilla y breve que contaba con la presencia y apoyo de familias, vecinos y artistas (tal como se puede ver en el video último).
Siendo así, los oficiales se retiraron sin mayores dilaciones y luego volvieron a la hora junto con miembros del COZ para observar desde la distancia lo que estaba sucediendo, sin producir ningún requerimiento.
Luego de todo ello, los presentes se retiraron, dando por finalizada la actividad.
Días despues, y luego de haber vuelto a pintar en el mismo lugar y espacio, el Municipio, lamentablemente volvió a borrar el último mural:
Link:
https://www.facebook.com/photo/?fbid=1189478583222087&set=a.237809265055695
Elevamos la presente ante esta Subsecretaría atento la importancia y la magnitud de las situaciones lesivas y claramente persecutorias (sin alegato o invocación legal/formal alguna) por parte del Municipio, estando los hechos a la vista de toda la comunidad y del conjunto de instituciones y la sociedad civil en general.
Actualmente el Municipio de Zárate, dispone de una Dirección de Derechos Humanos local facultada para intervenir, regular y administrar las situaciones vinculadas a estas temáticas y problemas públicamente planteados. Esperamos desde APDH Zárate que se pueda actuar en consecuencia y allanar todas las situaciones posibles en este sentido.
Es por ello que les solicitamos se puedan servir intervenir ante las autoridades Municipales y personal de seguridad provincial para que el Municipio deponga este accionar que instrumenta el Uso de la Fuerza Pública para notificar estas expresiones de la sociedad civil en nuestra Comunidad.
A su vez, el Artículo 11 de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires establece que:
Los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley, y gozan de los derechos y garantías que
establece la Constitución Nacional, los que emanan en su consecuencia a través de los
tratados celebrados por la Nación y los que se
expresan en esta Constitución.
La Provincia no admite distinciones,
discriminaciones ni privilegios por razones de sexo, raza, religión,
nacionalidad, lengua, ideología, opinión, enfermedades de riesgo,
características físicas o cualquier otra condición amparada por las normas
constitucionales.
(Medios de Referencia: Corre La Voz, Infodelta, La Izquierda Diario).
DESDE APDH REGIONAL ZÁRATE SE EFECTUÓ UNA PRESENTACIÓN ANTE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE ZÁRATE POR EL ACCIONAR DE LA POLICÍA MUNICIPAL CON PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE CALLE.
Durante los últimos días desde la Regional APDH Zárate, nos presentamos en la sede de la Delegación de esta Defensoría para dejar asentada nuestra solicitud, respecto de nuestra preocupación acerca del accionar y las intervenciones del Centro de Operaciones de Zárate (COZ) en su carácter de policía urbana sobre sectores de la población civil en nuestra comunidad.
Ello en base a los hechos producidos durante el 14 de Julio pasado en el abordaje de personas en situación de calle. Es decir con vecinos y pobladores que viéndose en esta condición social, fueron objeto de intervenciones por parte del personal del COZ, a fin de intervenir sobre su situación. A través del uso de la fuerza pública o medios disuasivos de carácter coactivo en su proceder. Ello puede verse en el siguiente link de noticias de medios locales:
https://www.instagram.com/reel/DMIyNhtxjX8/
Desde nuestra organización, desde ya que no nos oponemos en modo o forma alguna al ejercicio de la seguridad en el espacio público y la lucha contra el delito.
Desde esta misma posición afirmamos que NADA TIENE QUE VER EL ENFOQUE PENAL O CORRECCIONAL SOBRE PERSONAS EN SITUACIÓN SOCIAL VULNERADA CON LA LUCHA CONTRA EL DELITO O GARANTIZAR LA SEGURIDAD PÚBLICA. SINO TODO LO CONTRARIO.
Es así que este accionar regular y reiteratorio por parte del COZ nos resulta preocupante, ya que no es la primera vez que estos episodios se producen en nuestra Ciudad y en la Provincia de Buenos Aires. Todos ellos con no pocos señalamientos de la Justicia respecto de su ilegitimidad e ineficacia social y pública.
TODO ESTO LO HICIMOS SABER EN NUESTRO PRONUNCIAMIENTO ANTE LA COMUNIDAD DEL DÍA 22 DE JULIO DONDE DEJAMOS CLARO NUESTRO PROGRAMA Y CUÁL DEBE SER EL PROCEDER DEL ESTADO MUNICIPAL EN ESTA MATERIA.
Link:
SOLICITAMOS EN LA PRESENTE ANTE ESTA DEFENSORÍA, SE SIRVA PODER INFORMAR ANTE LA COMUNIDAD CUAL ES EL MARCO NORMATIVO Y REGULATORIO DE ESTE PROCEDER.
YA QUE LA RESPUESTA DEL ESTADO ANTE ESTAS SITUACIONES DEBE SER CON POLÍTICAS Y PROGRAMAS SOCIALES Y DE SALUD MENTAL QUE FACILITEN LA REINSERCIÓN Y ATENCIÓN DE ESTAS PERSONAS Y NO CON MEDIDAS PENALES O DE CARÁCTER CORRECCIONAL QUE EN NADA SOLICIONAN LA PROBLEMÁTICA EXPUESTA.
Asamblea Permanente Por los Derechos Humanos.
Regional Zárate.
Durante la tarde del Día Viernes, desde APDH Zárate junto a fuerzas políticas locales y vecinos en general estuvimos presentes para presenciar la sesión que tendría lugar en esta fecha a fin de poner a consideración la presentación nuestra para que los legisladores locales asumieran una posición pública ante la sociedad respecto del Decreto N° 383/2025 emitido por el gobierno nacional con el objeto de reformular el estatuto de la Policía Federal Argentina.
Supimos las declaraciones, definiciones y las miradas de los legisladores oficialistas al tomar la decisión política de poner esta iniciativa en comisión.
A la vez que agradecemos públicamente la voluntad de los legisladores que en minoría propusieron el tratamiento sobre tablas de los Expedientes N° 206/25 y 209/25, cuyos fundamentos planteaban la impugnación y el disenso institucional de la medida del Ministerio de Patricia Bullrich.
EN ESTE SENTIDO RECORDAMOS QUE TODOS LOS LEGISLADORES Y CONCEJALES LOCALES A LA HORA DE ASUMIR LOS MANDATOS, LO HACEN POR LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LAS 36 GARANTÍAS ENCARTADAS EN LA MISMA.
Compartimos nuevamente el texto de la Presentación
de APDH Zárate:
Al Sr.
Presidente
Del
Concejo Deliberante del Partido de Zárate.
(S……./…….D).
Ref.
Asunto: Definición Institucional y rechazo a a la Resolución N° 383/2025 del
Ministerio de Seguridad de la Nación.
Nos
dirigimos a Ud. Mediante la presente a efectos de solicitarles se sirva este
cuerpo poder poner a consideración en próxima sesión, la situación planteada
ante la sanción de la Resolución N° 383/2025, por parte del Ministerio de
Seguridad de la Nación.
Como
anexo del Decreto 383/2025 publicado en el Boletín Oficial.
Esta
normativa modifica la ley orgánica de la Policía Federal Argentina (PFA).
Otorgándole amplias facultades para realizar detenciones, allanamientos,
requisas personales y de vehículos discrecionales, realizar tareas de espionaje
y “esgrimir ostensiblemente sus armas”.
Todo
esto, alterando su misión y función dejando de ser garante de bienes y personas
privadas o públicas, sino como ejecutora de las políticas de “seguridad
nacional”.
Desde los organismos de derechos humanos se ha venido con inmensa preocupación que estas medidas, como otras reformas llevadas adelante por el actual gobierno producen la destrucción de las libertades democráticas, derechos y garantías históricas del pueblo argentino.
El nuevo
estatuto orgánico de la PFA se mueve bajo este objetivo. A partir de ahora, la
PFA deja de ser definida oficialmente como como “policía de seguridad y
judicial dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Nación”, para la
protección de bienes y personas de particulares, funcionarios y empleados y
bienes del Estado Nacional, para convertirse en garante de la protección de la
Seguridad Nacional.
En ese
rol de ejecutora de la “seguridad nacional”, autoriza a la fuerza a “colaborar
en el mantenimiento del orden público y de la seguridad de manera espontánea en
caso de delitos flagrantes, a requerimiento del Ministerio de Seguridad
Nacional o, en su caso, de las demás autoridades competentes.
A partir
de ahora, será “legal” que la PFA intervenga desplegando sus renovadas
facultades, no sólo en casos de flagrancia real, sino cuando el Poder Ejecutivo
se lo ordene. Facultándola a realizar tareas de inteligencia criminal, a través
de la obtención, reunión, y análisis de la información referida a actividades
criminales o riesgos que afecten a la seguridad interior, a efectuar análisis
criminal, de políticas de seguridad y de operatoria policial, afuera por
completo de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520.
Del
mismo modo faculta a la PFA a recabar información y pruebas, con el objeto de
que luego sean presentadas al Ministerio Público o a los jueces competentes,
para facilitar el inicio o la continuación de una investigación.
En vez
de investigar hechos o personas a pedido del poder judicial, es la policía la
que decide qué elementos reunir, respecto de qué hecho, para luego dar inicio a
una causa judicial. Pudiendo la PFA, bajo su arbitrio decidir que
allanamientos, detenciones o secuestros hay que efectuar y requerir a los
magistrados la autorización para hacerlos.
La
resolución amplía el uso del ciberpatrullaje sin autorización ni orden
judicial, en todo tipo de espacio público digital (redes sociales, sitios web,
etc.). Habilitando a la fuerza para realizar requisas personales, de vehículos
y pertenencias sin orden judicial alguna, especialmente en la vía pública o en
lugares de acceso público. Bastando simplemente que armen un control rutinario
de la circulación para poder requisar personas, pertenencias y vehículos.
Finalmente,
en consonancia con el protocolo de uso del arma de fuego vigente desde
diciembre de 2023 y el proyecto de reforma del art. 34 del Código Penal presentado
por el poder ejecutivo en el Congreso, la resolución faculta a la PFA a hacer
uso de la fuerza para el cumplimiento de sus funciones y específicamente a
esgrimir ostensiblemente sus armas para asegurar la defensa oportuna de las
personas o derechos de terceros o los propios, sin referencia alguna a las
leyes y convenios internacionales supra constitucionales que imponen como
requisito para usar el arma una amenaza equivalente y del mismo grado.
Tal como
se ha referido, el decreto en cuestión integra el conjunto de medidas
implementadas desde el gobierno nacional que vienen ampliando al infinito las
facultades policiales, reduciendo controles y garantizando la impunidad de sus
ejecutores y mandantes, lo que ya se refleja en el abultado aumento de los fusilamientos
de gatillo fácil, las detenciones arbitrarias y la represión cotidiana a la
protesta social.
Quienes suscribimos la presente nos resulta de sumo interés, atento los aspectos y elementos de esta resolución vulneran y cercenan derechos y garantías amparados en nuestra Constitución como la libertad de reunión, la libertad de circulación, la correspondencia personal y privada; establecidos en su mayoría en los Artículos 14, 18 y 19 de nuestra Carta Magna.
Es por
ello que solicitamos en la presente, se sirva este cuerpo de ediles y
concejales (en forma unánime a través de los bloques que lo integran) poder
definir mediante resolución legislativa su rechazo y repudio a esta medida
contraria a la Constitución Nacional y los Derechos Civiles de la Sociedad
Argentina en su conjunto; en defensa de la Democracia, la República y las
Garantías Constitucionales de nuestra Nación.
Asamblea
Permanente Por Los Derechos Humanos.
Delegación
Regional Partido de Zárate.
NADA TIENE QUE VER EL DECRETO 383/25 CON LA LUCHA CONTRA EL DELITO, EN EL MARCO DE LA VIOLENCIA POLÍTICA QUE SE VIENE PRODUCIENDO SOBRE JUBILADOS, TRABAJADORES, MÉDICOS Y EMPLEADOS ESTATALES QUE SE OPONENE A LAS MEDIDAS DE ESTE GOBIERNO. EN NUESTRO PAÍS Y EN NUESTRA COMUNIDAD.
#NUNCAMAS
#PORLADEMOCRACIA
#PORNUESTROSDERECHOS
Desde la Regional APDH Zárate manifestamos en la presente nuestra solidaridad, apoyo y acompañamiento a los Trabajadores Químicos de la Planta Archroma, perjudicados junto con sus familias a partir de la decisión de la empresa de llevar adelante un conjunto de despidos sin causa.
Acompañamos y apoyamos las presentaciones
efectuadas por la seccional del Sindicato Químico de Zárate en el marco de la
Conciliación Obligatoria y la exigencia de la reincorporación de los Trabajadores
despedidos ante el Estado de la Provincia de Buenos Aires a través de su
Ministerio de Trabajo en nuestra Ciudad.
Desde APDH Zárate acompañamos a todas las
familias, trabajadores y jubilados químicos que históricamente han sostenido
con dignidad sus conquistas frente a las medidas de sectores e intereses que
conciben el trabajo como una mercancía y no como un Derecho Universal.
Tenemos presente que en este marco, el Estado
de la Provincia de Buenos Aires a través de su Constitución Provincial
establece claramente en su Artículo N° 39 que el TRABAJO ES UN DERECHO Y UN
DEBER SOCIAL en la población.
Semanas atrás, los trabajadores conjuntamente
con la Seccional del Gremio lograron superar el trance de los 29 trabajadores
de la Planta Alpek y el inicio del programa de despidos por parte de los
titulares de dicha firma.
Vemos hoy nuevamente que el Trabajo y el
Salario Digno vuelven a ser puestos en discusión por parte de sectores
económicos que van en pos de la renta, la ganancia de corto plazo y no tener
escrúpulos en cuanto al costo social y humano del programa del gobierno actual.
NO A LOS DESPIDOS / EL TRABAJO ES UN DERECHO
UNIVERSAL.
EN DEFENSA DE LOS TRABAJADORES QUÍMICOS Y SUS
FAMILIAS EN ZÁRATE.
DESDE APDH REGIONAL ZÁRATE SOSTENEMOS EL
PROGRAMA MÁXIMO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 14 BIS DE NUESTRA CONSTITUCIÓN
NACIONAL:
EL TRABAJO EN SUS
DIVERSAS FORMAS GOZARÁ DE LA PROTECCIÓN DE LAS LEYES, ASEGURANDO AL TRABAJADOR:
-Condiciones dignas y
equitativas de labor
-Jornada limitada
-Descanso y
vacaciones pagados.
-Retribución justa.
-Salario mínimo vital
móvil.
-Igual remuneración
por igual tarea.
-Participación en las
ganancias de las empresas.
-Control de la
producción y colaboración en la dirección.
-Protección contra el
despido arbitrario
-Organización
sindical libre y democrática.
GARANTIZAR A LOS
GREMIOS:
-Concertar convenios
colectivos de trabajo.
-Recurrir a la
conciliación y al arbitraje.
-El derecho de Huelga.
-El Estado otorgará
los beneficios de la seguridad social,
-Jubilaciones y
pensiones móviles.
-Protección integral
de la familia.
-Defensa del bien de
familia.
-Compensación
económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
¡BASTA DE NEOLIBERALISMO!
¡NUNCA MÁS!
¡SIN JUSTICIA SOCIAL NO HAY LIBERTAD POSIBLE!
#PORLADEMOCRACIA
#PORNUESTROSDERECHOS
#APDHREGIONALZÁRATE
LINK DE INTERÉS:
CONSTITUCIÓN NACIONAL:
https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm
CONSTITUCIÓN PROVINCIA DE BUENOS AIRES:
https://www.infoleg.gob.ar/?page_id=173
DOCUMENTOS APDH ZÁRATE (REFORMA LABORAL):
https://zarateapdh.blogspot.com/2025/03/la-reforma-laboral-del-gobierno-de.html